último minuto:
Neuquén, Viernes 18 de Mayo de 2012 6:06 T: 4.0°
Si el alquiler supera los 8 mil pesos, tendrá que registrarse en AFIP PDF Imprimir Escribir un correo electrónico
Noticias - Economía
Subido por Adrian Giannetti    Martes 03 de Enero de 2012 19:13

altLa medida, que rige desde el primer día hábil de 2012, alcanza a los contratos de locación de inmuebles urbanos de todo el país.

 

Buenos Aires.- Los contratos de alquiler de inmuebles que superen los 8.000 pesos mensuales deberán registrar la locación en el Registro de Operaciones Inmobiliarias (ROI) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La medida, que rige desde el primer día hábil de 2012, alcanza a los contratos de locación de inmuebles urbanos (incluyen a los espacios fijos sobre inmuebles como carteles o antenas) por los que, individualmente o en conjunto, se perciba el precio antes mencionado.

También afecta a los acuerdos de alquiler por inmuebles rurales, sean de aparcerías rurales o contratos accidentales de explotación agropecuaria, cuando la superficie sea superior a las 30 hectáreas.

La medida trae aparejada una serie de tareas para quien alquila o arrienda la propiedad o inmueble rural dado que los locatarios o arrendatarios deberán verificar que el propietario tenga el inmueble consignado en el ROI.

Si el propietario no hubiese cumplido con la obligación de informar la operación en el registro, el inquilino o arrendatario deberá retener la alícuota máxima prevista del Impuesto a las Ganancias, sin considerar el mínimo exento sujeto a retención (aproximadamente el 28 por ciento por total del monto del alquiler).

El titular de la propiedad o campo que no informó el contrato, será pasible además de las sanciones formales previstas por la AFIP.Por su parte, los inquilinos quedarán sujetos a las penalidades establecidas para la obligación de retener impuestos de la Ley de Procedimientos.Sólo en los casos en que los propietarios sean monotributistas, quien alquile quedará eximido de practicar retenciones. (NA)